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    Obligaciones de los trabajadores de la Dirección Municipal de Comunales en el 2020

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    Todo trabajador de la Dirección Municipal de Servicios Comunales de Baraguá tiene las obligaciones comunes siguientes:

    Asistir puntualmente a su trabajo, permanecer en su puesto durante la Jornada y no abandonarlo sin el previo conocimiento y autorización de su jefe inmediato, aprovechando al máximo la jornada de trabajo.

    Cumplir el horario establecido para la alimentación y las pausas de descanso.

    Comunicar a su jefe inmediato los motivos de la inasistencia al trabajo, dentro de los términos de 48 horas.

    Poner en conocimiento de la administración las causa que obstaculizan o dificultan el desenvolvimiento normal del trabajo.

    Cumplir con calidad y eficiencia los trabajos que se le asignen o los asuntos que le son sometidos a su consideración.

    Cumplir las órdenes de trabajo, normas, indicaciones y demás regulaciones generales internas incluyendo las normas y procedimientos en materia de seguridad informática, protección, seguridad e higiene del trabajo, utilizando en la forma establecida los equipos de protección personal que le sean entregados y los relativos a la prevención y extinción de incendios.

    Observar la estricta discreción con respecto a las labores que realiza y a los documentos e informaciones que utiliza en el desempeño de su trabajo, no divulgando su contenido sin la autorización correspondiente.

    Cumplir las normas establecidas para la utilización, ahorro, aprovechamiento, explotación y cuidado de las materias primas, energía eléctrica, combustible y demás materiales puestos a su disposición en función del trabajo.

    Cuidar los recursos materiales, económicos y financieros que se le confían para el desempeño de sus labores, así como hacer una adecuada utilización de ellos, adoptando las medidas para evitar que sean sustraídos, extraviados, deteriorados o inutilizados.

    Cuidar y mantener el orden y la limpieza del puesto de trabajo y de las áreas comunes del centro.

    Mantener una apariencia personal adecuada a la actividad laboral que realiza.

    Informar al Departamento de Recursos Humanos, dentro de las 72 horas el cambio de domicilio y cualquier otro efectuado por el área de atención del Comité Militar de su residencia, presentando el carné de identidad para su actualización.

    Observar las reglas de convivencia dentro del colectivo, absteniéndose de realizar acciones que interfieran a otros trabajadores en el desempeño de sus obligaciones o que atentan contra el orden y la disciplina en el centro de trabajo.