Servicio eléctrico para nuevas viviendas construidas o viviendas existentes.
Documentos necesarios:
La solicitud de suministro de energía eléctrica se presenta en la Oficina Comercial de la localidad correspondiente con no menos de diez (10) días naturales de antelación a la necesidad del servicio. Dentro de ese término se verifica si cumple o no con las condiciones técnicas para la ejecución del servicio.
El cliente debe facilitar los siguientes datos:
- Nombre y Apellidos del solicitante.
- Número de carné de identidad.
- Dirección del inmueble en cuestión detallando:
- Calle y Número, si no tiene número, detallar si la acera es de numeración par o impar.
- Nombre de las entre calles.
- Planta baja o alta, pasaje y número o letra del apartamento, según el caso.
- En las zonas rurales se informará el nombre o el número de carretera y número del kilómetro y/o nombre de la finca donde se encuentra ubicado el inmueble.
- Teléfono.
- Cantidad de personas del núcleo familiar.
- Presentación del documento idóneo que acredite que el solicitante se encuentra en posesión legal del inmueble. Se aceptan cualquiera de los siguientes documentos:
- Escritura de propiedad o título de propiedad de la vivienda.
- Certificado de usufructo gratuito permanente.
- Certificado de habitable expedido por la Dirección de Vivienda correspondiente.
- Licencia de Construcción para nuevas viviendas con facilidades temporales construidas, exceptuando los desgloses o viviendas existentes.
- Resolución de permuta.
- Contrato con el organismo propietario del inmueble otorgando el uso usufructo al solicitante del servicio.
- Autorización para la construcción u ocupación de una vivienda expedida por el organismo competente en esa zona: ANAP, Poder Popular, Cooperativa e Hidroenergia.
- Exigir que se presente la liquidación del lugar de procedencia en caso de ser alta por traslado.
- Magnitud de la carga a conectar, detallando número y capacidad de luces y otros equipos eléctricos que se vayan a utilizar, así como el voltaje de operación de los mismos.
Toda nueva solicitud de servicio eléctrico o el cambio de uno existente, se acepta una vez que haya comprobado que le ha sido suministrada toda la información necesaria y que se han cumplimentado por el cliente, las normas técnicas y los requisitos exigidos.
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