Compraventa de Vehículos

  • Concurrir ambas partes con sus respectivos carnés de identidad.
  • Si el vehículo de motor es propiedad del matrimonio deben comparecer ambos cónyuges, de no comparecer alguno de ellos puede emitir su autorización también en escritura pública.
  • Se admite la representación voluntaria mediante un poder especial, siempre que proceda y una o ambas partes no pueden concurrir al acto.
  • Documento oficial acreditativo de la propiedad del vehículo, que pueden ser:
    • Contrato de compraventa con una entidad comercializadora 
    • Copia autorizada de la escritura pública.
    • Resolución judicial o administrativa, según el caso.
    • Certificación de su inscripción en el Registro de Vehículos del Ministerio del Interior.

La Tarifa Notarial de este acto es de $50.00.
Término: hasta 5 días.