Donación de vehículos

  • Documento oficial acreditativo de la propiedad del vehículo, que pueden ser:
  • Se admite la representación voluntaria mediante un poder especial, siempre que proceda y una o ambas partes no pueden concurrir al acto.
  • Si el vehículo de motor es propiedad del matrimonio deben comparecer ambos cónyuges, de no comparecer alguno de ellos puede emitir su autorización también en escritura pública.
  • Concurrir ambas partes: Donante (el que dona) y Donatario (el que la recibe) con sus respectivos carnés de identidad.
    • Contrato de compraventa con una entidad comercializadora
    • Copia autorizada de la escritura pública.
    • Resolución judicial con expresión de su firmeza.
    • Certificación de su inscripción en el Registro de Vehículos del Ministerio del Interior.

La Tarifa Notarial de este acto es de $20.00 CUP.
Término: hasta 5 días.